Inminente medición de radón en centros laborales en junio de 2024
Obligación de medir en 1700 municipios en España.
El Real Decreto 1029/2022, a partir del día 22 de junio de este año 2024 todos los centros laborales en planta baja o soterrados, situados en cualquiera declarados zona 2, ya tendrán que medir obligatoriamente el nivel de radón.
El Reglamento de protección contra radiaciones ionizantes en su artículo 75 alude a Obligaciones del titulares de las actividades laborales que se desarrollen en los lugares de trabajo en municipios zona 2, deberán estimar el promedio anual de concentración de radón en aire». La obligación de medición de centros laborales surge a partir del 22 de junio de 2024, en centros laborales en plantas bajas o bajo rasante en municipios tipo 2.
Hablamos de 1.700 municipios en toda España, por lo que el problema es de una magnitud enorme, que nos ha pillado el toro una vez más. Lo más posible es que la obligación se inicie desde el 22 de junio, pero que den un plazo de medición de un año o dos años para hacerlo, aun cuando la directiva de 2013 exigía que todo estuviera en marcha en febrero de 2018.
¿Quiénes tendrán que medir? Entre otros, los colegios, residencias, ambulatorios, bibliotecas, cafeterías, tiendas de ropa, supermercados, oficinas, sedes municipales y similares, tanto edificios públicos como privados.
¿Cuáles son los municipios tipo 2 en los que será obligatoria la medición de radón?
Se puede consultar